MUCILLI HECTOR IGNACIO C/ PROVINCIA A.R.T S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El tribunal hizo lugar a la demanda de honorarios por tareas extrajudiciales en sede administrativa, fijando la suma de 15 unidades jus (SCBA, Ac. 4190/25) y estableciendo el pago a cargo de la aseguradora, con costas a su cargo. La decisión se fundamenta en la actuación profesional acreditada y en la normativa arancelaria aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Héctor Ignacio Mucilli demanda a Provincia ART S.A. por honorarios por tareas extrajudiciales realizadas ante la Comisión Médica N° 31-B de San Nicolás. La parte demandada cuestiona la procedencia del reclamo. El tribunal considera que la actuación del letrado está debidamente acreditada y que la legislación específica, especialmente la ley N° 14967, regula la retribución en este tipo de gestiones administrativas y extrajudiciales. Se establecen como honorarios la suma de 15 unidades jus (SCBA, Ac. 4190/25), que equivalen a $97.525,89, con adicionales de ley e IVA según corresponda. La sentencia destaca que los honorarios no están dentro del marco del art. 277 de la LCT y que su pago puede realizarse mediante depósito en cuenta judicial o medio de pago acordado por las partes. Las costas del proceso se imponen a la parte demandada. La resolución hace énfasis en la obligatoriedad de acreditar la cancelación de los honorarios en un plazo de cinco días y en la aplicación de las normas de notificación y pago establecidas por la legislación y resoluciones pertinentes.
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