SAJNIN MARIO LEON C/ CASTAÑO TELLO VALERIA NOEMI Y OTROS S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora rechazó el recurso de apelación y declaró desierto el pedido de apertura a prueba, confirmando la sentencia de primera instancia que ordenó el desalojo del inmueble en favor del actor. La decisión se fundamenta en la improcedencia del planteo de la parte recurrente para reabrir la producción probatoria, considerando que no se explicitaron errores en la sentencia que justifiquen tal reconsideración, y que los agravios presentados no contienen un análisis crítico ni una impugnación específica a los fundamentos de la resolución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Mario León Sajnin, demanda a Leonardo Dario Machado y Valeria Noemi Castaño Tello, entre otros, por desalojo del inmueble sito en Entre Ríos N° 1723, Rafael Calzada, Partido de Almirante Brown. El juez de primera instancia dictó sentencia el 25/9/2024, rechazando la excepción de falta de legitimación pasiva y haciendo lugar a la acción, ordenando la restitución en 10 días. Las demandadas apelaron, presentando agravios el 13/2/2025, solicitando la reapertura de prueba testimonial y caligráfica. La Cámara revisó la petición y concluyó que la normativa del art. 255 del CPCCPBA limita la apertura a prueba en la alzada a supuestos específicos, que en este caso no se cumplen, ya que no se fundamentó en errores del juzgador al decidir ni se demostraron motivos concretos para reconsiderar la producción probatoria. La Cámara explicó que "el pedido que se formula, se ha dicho, debe contener una crítica razonada de los fundamentos con los que el juez decidió acerca de la prueba, al igual que ocurre con las expresiones de agravios". Además, afirmó que el escrito de agravios no atacó los fundamentos esenciales de la sentencia, por lo que el recurso resulta inadmisible. Por ello, se resolvió rechazar el pedido de apertura a prueba, declarar desierto el recurso de apelación y imponer las costas al vencido. Se difirieron los honorarios profesionales hasta la regulación en la instancia de origen.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: