GUGGIANA FACUNDO ARIEL C/ IGLESIAS JUAN MARTIN S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El Tribunal del Trabajo N° 3 homologó un acuerdo entre las partes en un proceso de conciliación laboral. La resolución dispuso la homologación del acuerdo, eximió del pago de impuestos y tasas, reguló honorarios y estableció mecanismos para el pago directo, garantizando la celeridad y seguridad en la ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, GUGGIANA FACUNDO ARIEL, promovió un acuerdo con la demandada, JUAN MARTIN IGLESIAS, para resolver una disputa laboral. El tribunal consideró que el acuerdo contenía una equitativa composición de derechos y no violaba el orden público, por lo que decidió homologarlo. La resolución destacó que los términos del acuerdo se reproducen en la misma, y que la homologación implica la aceptación de las condiciones pactadas, además de eximir del pago de impuestos y tasas procesales. Se dispuso también la regulación de honorarios profesionales y una modalidad de pago mediante depósito directo en cuenta bancaria, garantizando la efectividad del cumplimiento y la protección de las partes. El tribunal ordenó la apertura de una cuenta judicial en caso de incumplimiento y estableció un plazo para que la actora acredite la titularidad de la cuenta, suspendiendo el pago en tanto no se acredite la cuenta a nombre de la parte actora. La resolución también instruye a la demandada, JUAN MARTIN IGLESIAS, a consignar en la boleta de depósito que el pago se realiza a favor del Tribunal y, en caso de desacuerdo, a realizar el depósito en la cuenta del Banco Provincia en las condiciones señaladas. Se ordenó además la apertura de una cuenta judicial para garantizar el cumplimiento del acuerdo.
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