MAIDANA MARIO ARIEL C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BS AS S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia reconoció y reguló los honorarios del abogado en un proceso administrativo por intermedio de la Comisión Médica, estableciendo el pago a favor del Dr. Maidana por su actuación en sede administrativa, en base a la normativa vigente y el acuerdo conciliatorio alcanzado. La decisión fundamentó que la actuación fue oficiosa y que el monto regulado correspondía a un 8% del valor del acuerdo, con condena a la demandada a abonar en el plazo de 60 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Mario Ariel Maidana, quien actuó como letrado en causa propia en un expediente administrativo ante la Comisión Médica N° 373 de Quilmes, por el reconocimiento de honorarios por su intervención en un proceso de accidente laboral que culminó en acuerdo por $149.485.731,18. La parte demandada, representada por el Fiscal de Estado, manifestó que un porcentaje del 5% sería razonable, pero el tribunal concluyó que la actuación fue oficiosa y que, conforme a la Ley 14.967, los honorarios deben calcularse en un 8% del monto del acuerdo, lo que equivale a $11.958.858,49. La sentencia también dispuso que la demandada abone dicha suma en 60 días, con intereses y aportes de ley. La decisión se fundó en que la intervención del letrado fue conforme a la Ley 27.348 y que la regulación de honorarios en sede administrativa, en este caso, corresponde aplicar los porcentajes previstos en la normativa específica, considerando la naturaleza oficiosa de su actuación y la cuantía del acuerdo. Además, se impusieron las costas a la parte vencida.
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