RENOLFI LORENZO OMAR C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
La homologación del acuerdo conciliatorio en expediente laboral, que pone fin a la controversia, fue homologada por el Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes. La decisión consideró que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses.
Quién demanda: RENOLFI LORENZO OMAR
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación del acuerdo conciliatorio y reconocimiento de los términos pactados.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, con efectos de cosa juzgada, y se dispuso el depósito del pago en cuenta bancaria, con suspensión del plazo hasta acreditación. También se declaró las costas a cargo de la demandada y eximió del pago del 50% de la tasa de justicia. Fundamentos principales de la decisión: "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal. En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057)." "Asimismo, conforme lo dispuesto por el art. 17 de la ley 27.348, la obligada al pago deberá depositar el capital acordado en una cuenta bancaria perteneciente a Lorenzo Omar Renolfi, intimándose a la parte actora a que denuncie y acredite en autos la titularidad exclusiva de la cuenta." "Las costas son a cargo de la parte demandada (art. 73 del C.P.C.C.) y se exime del pago de la tasa de justicia en un 50%, ordenándose el depósito del restante en forma segura." No existen votos en disidencia.
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