CASTILLO CLAUDIO MARTIN C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral; la homologación del acuerdo no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos, autorizando su reconocimiento y estableciendo condiciones de depósito y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia corresponde a la homologación de un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral seguido por Claudio Martin Castillo contra Prevención ART S.A. El Tribunal, tras analizar la naturaleza del acuerdo, concluyó que "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes". La decisión se fundamenta en los artículos 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 30 de la Ley 15.057 que facultan a homologar dicho acuerdo. Además, se instruye a la parte actora para que deposite los importes en una cuenta bancaria acreditada y se declaran las costas a cargo de la parte demandada, eximiéndola del 50% de la tasa de justicia. La resolución ordena también que la parte demandada acredite la titularidad de la cuenta bancaria y que el pago se realice mediante boleta de depósito, bajo apercibimiento de ejecución forzada si no cumple en el plazo establecido. La sentencia además dispone que "la homologación solicitada resulta procedente", que "las costas se declaran a cargo de la parte demandada" y que "la parte demandada será eximida del pago del 50% del importe correspondiente a la tasa de justicia, y se intimará para que dentro de los cinco días acredite el resto". El acuerdo produce efectos de cosa juzgada y se ordena la registración y remisión para su archivo.
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