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VILLAR PABLO EZEQUIEL C/ PLUMA BLANCA S.R.L. S/ DESPIDO

Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral. La Cámara homologó el acuerdo entre las partes, confirmando su cumplimiento con efectos de cosa juzgada, y dispuso las costas y condiciones para la transferencia de fondos. La decisión consideró que la conciliación no vulnera principios de orden público y respeta derechos e intereses de las partes.

Homologacion acuerdo conciliatorio Proceso laboral Derecho al trabajo Cosa juzgada Costas Transferencia fondos Tasa de justicia eximida Acuerdo entre partes Efectos juridicos Orden publico.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Pablo Ezequiel Villar contra Pluma Blanca S.R.L. por despido. El Tribunal evaluó la propuesta de acuerdo conciliatorio entre las partes, concluyendo que no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses. La homologación del acuerdo fue aprobada, teniendo efectos de cosa juzgada. Además, se dispuso que las costas fueran a cargo de la demandada, y se establecieron las condiciones para la transferencia de fondos, eximiendo a la parte demandada del 50% de la tasa de justicia, en atención al acuerdo logrado. La jueza Bozzola expresó: "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes." Las demás juezas compartieron su criterio. La resolución también ordenó la denuncia y acreditación de datos personales y fiscales del actor para la transferencia. La homologación fue dictada en virtud de los arts. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 30 de la ley 15.057, consolidando la voluntad de las partes y evitando ulterior litigio.

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