RIVERA MATIAS ADRIAN C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes homologó un acuerdo conciliatorio en un expediente por accidente de trabajo, confirmando la validez del acuerdo y estableciendo condiciones para el pago, costas y exenciones, fundamentando que la conciliación no vulnera principios de orden público y resulta justa para las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Matías Adrián Rivera, promovió una demanda contra la empresa Experta ART S.A. por accidente de trabajo. Las partes lograron un acuerdo conciliatorio, que fue sometido a homologación por el Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes. La jueza Silvia Ester Bártola expresó que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses, por lo que resulta procedente homologarla, con efectos de cosa juzgada (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057). La resolución también dispuso la obligación de la parte demandada de depositar el capital en una cuenta bancaria a nombre de Matías Adrián Rivera, con la intimación a acreditar la titularidad de la cuenta, y declaró las costas en su contra (art. 73 del C.P.C.C.). Además, eximió a la demandada del pago del 50% de la tasa de justicia, ordenando su pago mediante depósito en una cuenta bancaria bajo apercibimiento de ejecución. La fundamentación principal señala que "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal." La decisión fue votada unánimemente por las juezas del tribunal.
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