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FEREZ PEDRO ANTONIO C/ ORELLANA VALERIO JUSTINIANO S/ DESPIDO

La homologación del acuerdo conciliatorio en proceso laboral es procedente, y las costas se asignan a la parte demandada, con exención del pago del 50% de la tasa de justicia, conforme a los arts. 15 de la L.C.T. y 30 de la ley 15.057, confirmando la validez del acuerdo y estableciendo las condiciones para la transferencia de fondos.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Pedro Antonio Ferez, demanda por despido a Valerio Justiniano Orellana. El tribunal analiza el acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes, considerando que no vulnera principios de orden público ni derechos de terceros, y que constituye una justa composición de intereses. La presidenta del tribunal, Dra. Silvia Ester Bártola, señala que “la homologación solicitada resulta procedente” y que “la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público”. La sentencia homologatoria declara las costas a cargo del demandado, Orellana Valerio Justiniano, y establece que se exime del pago del 50% de la tasa de justicia. Además, se disponen las condiciones para la transferencia de fondos, incluyendo la obligación de acreditar los datos personales y bancarios del actor. La decisión se fundamenta en los arts. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 30 de la ley 15.057, resaltando que “la homologación de los acuerdos conciliatorios en materia laboral es una vía eficaz para poner fin al litigio con seguridad jurídica”. La unanimidad en el voto refuerza la validez del acuerdo y la necesidad de garantizar la ejecución del mismo.

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