MEDINA ELVIO RICARDO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara de Trabajo de Quilmes confirmó la procedencia de la regulación de honorarios al abogado del trabajador por su actuación en sede administrativa, estableciendo el monto en 5 JUS y ordenando el pago por parte de la aseguradora de riesgos del trabajo. La decisión se fundamenta en la normativa vigente y en el carácter parcial de la actuación profesional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Dr. Elvio Ricardo Medina, demanda a la aseguradora de riesgos del trabajo, reclamando la regulación de honorarios por su actuación en sede administrativa ante la Comisión Médica N° 373 de Quilmes. La demanda se basa en que actuó en calidad de abogado patrocinante del trabajador Axel Maximiliano Rodriguez, en un expediente administrativo que reconoció que el accidente in itinere tenía carácter laboral. La sentencia analiza el marco normativo aplicable, especialmente la Ley 27.348 y la resolución SRT 298/17, que regulan los honorarios en estos casos. La Cámara concluye que la actuación fue oficiosa pero parcial, ya que el trámite ante la Comisión Médica fue solo una etapa previa a un procedimiento posterior de divergencia en la determinación de la incapacidad. Considera que corresponde regular los honorarios en 5 JUS, en virtud del carácter parcial del trabajo realizado y del monto estable en la ley. La condena implica que la demandada debe abonar esa suma en un plazo de diez días, depositándola en una cuenta bancaria del letrado, con las formalidades previstas. La decisión también impone las costas a la parte demandada, en su carácter de vencida, y regula los honorarios profesionales.
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