NUÑEZ LEITE DARÍO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación de acuerdo conciliatorio en expediente laboral; el tribunal aprueba el acuerdo y ordena su ejecución con condiciones específicas y declaración de costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio celebrado entre NUÑEZ LEITE DARÍO y PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA en una causa por accidente de trabajo. La decisión fue tomada tras la valoración de que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses de las partes, en aplicación de los arts. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 30 de la ley 15.057. El tribunal ordenó que la parte obligada al pago deba depositar el monto acordado en una cuenta bancaria a nombre del actor, intimando a la parte actora a acreditar la titularidad de la misma. Se dispuso además que las costas sean a cargo de la demandada, y se eximió del pago del 50% de la tasa de justicia, estableciendo un plazo para completar el pago restante bajo apercibimiento de ejecución. La resolución se fundamenta en que la homologación de acuerdos conciliatorios laborales es procedente cuando las partes alcanzan un entendimiento que satisface sus intereses y respeta los principios de orden público, permitiendo la conclusión del proceso con efectos de cosa juzgada y garantizando la ejecución efectiva del acuerdo.
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