GONZALEZ VICTORIA MAGALI Y OTRO/A C/ ANTUNEZ LUIS JAVIER Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia declara la caducidad de la instancia por perención, y regula honorarios y costos procesales, decretando la finalización del proceso. La decisión se basa en el transcurso del plazo de inacción y en la normativa procesal aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte demandada, por medio de su representante, alegó la caducidad de la instancia por el paso del tiempo sin que la parte actora impulsara el trámite, en virtud del art. 310, inc. 3º del rito. El actuario informó que el último acto válido por parte de la actora fue del 03/03/2025, y por ello, transcurridos más de tres meses, se resolvió decretar la perención de la instancia con costas a la parte actora. La sentencia también regula honorarios profesionales y estipendios de mediación, en atención a principios de proporcionalidad y justicia. Se intimó a las partes a regularizar tasas y sobretasas de justicia, y se notificó conforme a las normativas vigentes. Fundamentos principales: "En estas actuaciones, la parte demandada... acusa caducidad de la instancia, aduciendo que ha pasado el tiempo previsto por el art. 310, inc. 3º del ritual, sin que la contraria haya impulsado el procedimiento. Conforme informa el actuario en este acto (art. 116 Proc.), el último acto válido, a los fines de activar la causa, efectuado por la parte actora, data del 03/03/2025, y habiendo por lo tanto transcurrido desde la misma más de 3 meses, RESUELVO: decretar la perención de instancia en estos actuados." "De acuerdo con la normativa procesal y los principios de proporcionalidad en la regulación de honorarios, se ajustan los montos a las tareas efectivamente realizadas y a la importancia del proceso, respetando la escala arancelaria y los principios de justicia." "Por todo lo expuesto, estimo justo fijar los honorarios de la Mediadora Prejudicial SONIA LORENA SOTO en la cantidad de DOS IUS ARANCELARIOS (2 IUS ARANCELARIOS) con más aportes e IVA -en caso de corresponder-..."
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