AGUIRRE DAMIAN BENITO C/ CALICO S.A. S/ DESPIDO
La Cámara declara la caducidad de instancia por inacción de la parte actora en el proceso de despido, confirmando la decisión y ordenando el cierre del expediente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Aguiire Damian Benito, demandó a Calico S.A. por despido, pero tras más de seis meses de inactividad y sin que las partes hubieran impulsado el trámite procesal, el tribunal intimó a las partes a producir actividad útil. La inacción y la falta de impulso del proceso llevó a que, conforme a la ley 15.057 y jurisprudencia, se declare la caducidad de la instancia. La decisión se fundamenta en que “la caducidad de la instancia, es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de los litigantes siempre que se encuentren ante la carga de instar el adelanto del proceso,” y “visto la pasividad de la parte accionante en instar o continuar los presentes actuados.” La resolución también dispuso que las costas fueran soportadas por la parte actora y reguló honorarios a los profesionales intervinientes, en función del monto del proceso y las actuaciones realizadas. La sentencia destaca que “es procedente declarar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones” y que “corresponde que las costas sean soportadas por la parte actora.”
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