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ALVAREZ CARLA YANINA C/ RESIDENCIA GERIATRICA DR. LUIS PATIÑO JAEGER S.A. S/ DESPIDO

El tribunal declaró la caducidad de instancia en un proceso por despido por inacción de la parte actora, fundamentando que transcurridos más de seis meses sin actividad y notificada la intimación, no se impulsó el trámite. La decisión se basó en la pasividad de la parte demandante y las disposiciones de la ley 15.057.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Carla Yanina Alvarez, demanda a Residencia Geriátrica Dr. Luis Patiño Jaeger S.A. por despido. La sentencia declaró la caducidad de instancia por inacción, tras más de seis meses de inactividad, sin que las partes impulsaran el proceso pese a una intimación formal. Se citan precedentes de la SCBA y el artículo 11 de la ley 15.057, que establecen la caducidad por inacción de las partes. La decisión se fundamenta en que "la caducidad de la instancia, es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de los litigantes siempre que se encuentren ante la carga de instar el adelanto del proceso", y que "visto la pasividad de la parte accionante en instar o continuar los presentes actuados, lo recordado por la Excma. Suprema Corte de Justicia Provincial respecto del instituto en análisis". La resolución también regula honorarios a los profesionales intervinientes, estableciendo montos y condiciones de pago, y condena en costas a la parte actora.

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