CASTRO JORGE MANUEL S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara Civil de Morón declaró la caducidad de instancia en el juicio por accidente de trabajo, confirmando la decisión de la primera instancia y ordenando el cierre del proceso por inacción de la parte actora, además de regular honorarios y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Manuel Castro, promovió una acción por accidente de trabajo. La Cámara de Morón, tras constatar la inactividad de más de seis meses y la inacción del actor tras intimación, declaró la caducidad de la instancia conforme a la ley 15.057 y el artículo 11. La sentencia fundamenta que la caducidad de la instancia es un instituto para sancionar la inacción de los litigantes, y que en este caso, la parte actora no impulsó el trámite tras la intimación, en línea con precedentes y normativa aplicable. Además, se regulan honorarios en favor del letrado, estableciendo un monto de $295.533, y se ordena acreditar el pago de aportes en 60 días. La decisión se fundamenta en que la inactividad prolongada y la falta de impulso procesal justifican la declaratoria de caducidad, y que las costas corresponden a la parte actora según el art. 20 de la LCT y arts. 25 y 27 de la ley 15.057. La sentencia destaca que las actuaciones esenciales para el proceso y los tiempos empleados justifican los honorarios fijados. Fundamentos principales: "Transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso, este Tribunal, en fecha 4/8/2025, intimó a la parte actora a producir actividad procesal útil bajo apercibimiento de declarar operada la caducidad de instancia, intimación que fuera notificada en fecha 5/8/2025, sin que, transcurridos los plazos de ley se impulsara, por lo que corresponde declarar la caducidad." "Es dable recordar que la caducidad de la instancia, es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de los litigantes siempre que se encuentren ante la carga de instar el adelanto del proceso [...]" "Visto la pasividad de la parte accionante en instar o continuar los presentes actuados, lo que corresponde en estos términos es declarar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones." "Asimismo, por las tareas realizadas, se regularizan honorarios en la suma de $295.533, con el correspondiente aporte legal, y se ordena acreditar el pago en 60 días." Votos en disidencia: No hay disidencia, todos los jueces coinciden en la fundamentación y conclusión.
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