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HERRERA GABRIELA VANINA C/ SILVA PAULA LORENA S/ DESPIDO

El tribunal declaró la caducidad de la instancia por inacción de la parte actora en el proceso de despido. La decisión se fundamenta en la pasividad de la parte y en la normativa aplicable, concluyendo que corresponde sancionar la inacción procesal con la caducidad.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Gabriela Vanina Herrera, actora, demanda a Paula Lorena Silva por despido. El tribunal observa que transcurrieron más de seis meses sin que la parte actora impulsara el trámite, tras la intimación de la jueza en fecha 4/8/2025 y su notificación en 5/8/2025. La sentencia cita la jurisprudencia de la SCBA y el artículo 11 de la ley 15.057, señalando que la caducidad de instancia busca sancionar la inacción de los litigantes que no instan el avance del proceso. La pasividad de la actora, en este caso, justifica la declaración de caducidad, ya que "se encuentra ante la carga de instar el adelanto del proceso" y no lo hizo en los plazos legales. En la segunda cuestión, se resuelve que la caducidad implica el cierre del proceso y la imposición de costas a la parte actora, en línea con los artículos 20 de la LCT y 25 y 27 de la ley 15.057. Asimismo, se regulan los honorarios del letrado actuante en $295.533, con el 10% de aporte legal, y se ordena a la letrada acreditar el pago de aportes en 60 días tras la firmeza de la resolución, bajo apercibimiento. Se dispone además la finalización del proceso, la comunicación a la Receptoría General y la notificación electrónica.

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