LUCCI SAMANTA NAHIR C/ GALENO A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación del acuerdo conciliatorio por la suma de $8.000.000 en concepto de indemnización por accidente de trabajo. La Cámara confirmó la decisión del tribunal de homologar el convenio y estableció las condiciones para su cumplimiento y las costas del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Samanta Nahír Lucci, demanda a Galeno A.R.T. S.A. por indemnización derivada de accidente de trabajo. La causa se resolvió mediante homologación del acuerdo conciliatorio celebrado por las partes en fecha 8/8/25 por la suma de 8 millones de pesos, que la demandada se comprometió a abonar. El tribunal consideró que el convenio no vulnera normas de orden público y se ajusta a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, llegando a una justa composición de la litis. La sentencia destaca que el acuerdo tiene fuerza de cosa juzgada y que la falta de cumplimiento implicará la calificación de conducta temeraria y maliciosa, con intereses y sanciones previstas en la ley. Además, se impusieron costas a la parte demandada y se reguló el pago de honorarios profesionales, peritos y costas de la ejecución. La homologación se realiza con fuerza y autoridad de cosa juzgada, confirmando la decisión de primera instancia y estableciendo las condiciones para su cumplimiento.
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