SUCESORES DE COMAN DANIEL OSCAR Y OTRO/A C/ SUELDO LUCAS DANIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara declaró desierto el recurso de apelación por falta de expresión de agravios por parte del apelante, conforme al art. 254 del C.P.C.C., y ordenó su archivo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte apelante, S D C D O y otro/a, no expresó agravios en el plazo establecido tras ser debidamente notificada, pese a estar en conocimiento de la fecha y forma de notificación (constancia electrónica de 23 de junio de 2025). La Cámara, tras verificar el incumplimiento, declaró el recurso desierto en virtud del art. 254 del C.P.C.C. y dispuso el archivo del expediente. La sentencia concluye que la falta de expresión de agravios implica la improcedencia del recurso de apelación, confirmando el estado del proceso en la instancia anterior. Fundamentos principales: "Que en el Acuerdo celebrado se dejó establecido que el apelante de fecha 15 de abril de 2025 no expresó agravios como lo dispone el art. 254 del C.P.C.C.." "Por ello: Declárese desierto el recurso interpuesto en fecha 15 de abril de 2025 y concedido en fecha 16 de abril de 2025 ."
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