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La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala Segunda, aclaró la sentencia del 5-9-25 para confirmar la del 23-4-25 con modificación en el punto 4 del fallo
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora interpuso una aclaratoria respecto de la sentencia dictada por esta Cámara el 5-9-25. La aclaratoria buscaba dejar establecido que la sentencia de esa fecha confirmaba la resolución apelada del 23-4-25 con la modificación en el punto 4 del fallo. Los jueces Rabino y Conti votaron a favor de admitir la aclaratoria, considerando que esta no alteraba en lo sustancial lo decidido y que permitía depurar errores materiales, aclarando el alcance de la confirmación. La sentencia fue aclarada en los términos solicitados, dejando constancia de que se confirma la sentencia del 23-4-25 con la modificación indicada. Fundamentos principales: "Que, como se sabe, la aclaratoria es un medio por el cual se intenta depurar a la sentencia de errores materiales, oscuridades y omisiones, teniendo como límite la prohibición de alterar en lo sustancial lo decidido (cfr. SCBA, DJBA, v. 122, p.157; esta Sala, causa Nº 15.582, reg. Nº 59/98)." "Que corresponde aclarar la sentencia dictada el 5-9-25 en el sentido de dejar establecido en la parte resolutoria que se confirma la sentencia apelada del 23-4-25 con la modificación introducida en el punto 4 del fallo de esta Sala del 5-9-25."
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