BLANCO SANTOS DANIEL Y OTRO/A C/ RODRIGUEZ ADRIAN ALEJANDRO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la responsabilidad del conductor del colectivo por el accidente ocurrido en intersección de calles, manteniendo la prioridad de paso del vehículo que circulaba por la derecha. La sentencia de primera instancia fue ratificada, considerando la normativa de tránsito aplicable y la prueba aportada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La controversia en este expediente involucra a S D B y V G L, en representación de su hijo menor, quienes demandaron por daños y perjuicios a A A R, conductor del colectivo El Nuevo Halcón S.A.T., y a la aseguradora Mutual Rivadavia, por un accidente ocurrido el 20/11/2009 en la intersección de calles en Claypole. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, fundamentándose en que el colectivo tenía prioridad de paso por circular por la derecha y que el vehículo del actor ingresó a la intersección de manera intempestiva, infringiendo la norma. La parte actora apeló, cuestionando la valoración de las pruebas y el análisis de la prioridad de paso, alegando que circulaba con anterioridad y que no se respetó la secuencia de circulación. La demandada defendió que su vehículo circulaba en la dirección correcta y que el impacto ocurrió cuando una camioneta del actor se interpuso de forma intempestiva. La Cámara analizó la normativa vigente, destacando que, conforme a la ley 24.449 y jurisprudencia, la prioridad de paso en una encrucijada la tiene quien circula por la derecha, salvo excepciones no aplicables en el caso. La pericia mecánica y los hechos probados confirmaron que el colectivo circulaba por la derecha y que la colisión ocurrió cuando el vehículo del actor se presentó sorpresivamente en la intersección. La Cámara concluyó que la responsabilidad recae sobre quien no respetó la prioridad de paso, en este caso, el conductor del actor, pero que la sentencia de primera instancia debe confirmarse, pues se aplicó correctamente la normativa y la prueba aportada. El recurso de apelación fue parcialmente favorable en cuanto a la responsabilidad, pero se ratificó la decisión de confirmar la sentencia, con costas de alzada a la parte actora.
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