CASTRO CARLOS RAUL C/ AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA., DÍAZ CARLOS HECTOR Y BERTOLOTTI MAIDANA FEDERICO LIONEL S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La Cámara de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a los demandados a pagar daños por un accidente de tránsito, rechazando los recursos por improcedentes y ratificando la cuantía y fundamentos de la fallo original.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se inició por una demanda por daños y perjuicios promovida por Carlos Raúl Castro contra Carlos Héctor Díaz, Federico Lionel Bertolotti Maidana y Agrosalta Cooperativa de Seguros Ltda., tras un accidente ocurrido el 10/4/2022 en el que el vehículo del actor fue embestido. La sentencia de primera instancia condenó a los demandados y aseguradora a pagar $5.450.000 y U$S 3.232, más intereses, por daños materiales, privación de uso y daño moral. Los apelantes cuestionaron principalmente los montos y fundamentos de la condena en aspectos relativos al costo de reparación del vehículo, la privación de uso, el daño moral y la pérdida de valor venal. La Cámara de Apelaciones analizó cada agravio en detalle, confirmando la valoración probatoria, la procedencia de la indemnización y la racionalidad de los montos fijados. Se ratificó la valoración del informe pericial, la aplicación de intereses y la actualización de montos en dólares, rechazando los argumentos de los apelantes y manteniendo íntegra la decisión de primera instancia. Fundamentos principales: El tribunal destacó que, tras revisar la prueba pericial y la inspección ocular, quedó probado que los demandados fueron responsables del siniestro sin culpa de la víctima, y que la indemnización por daños materiales, privación de uso, daño moral y pérdida de valor venal eran razonables y ajustadas a derecho. Se enfatizó que la valoración del informe pericial, la acreditación de los daños y la proporcionalidad de los montos estaban fundamentadas en la normativa vigente y la jurisprudencia aplicable, en particular la doctrina de la SCBA sobre actualización de montos en moneda extranjera y tasas de interés. La sentencia fue confirmada en todos sus términos, con costas de alzada a los apelantes.
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