.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de Buenos Aires inadmite la queja por improcedente en el recurso contra la resolución que confirmó la negativa de eximición de prisión, argumentando que no se evidencian agravios federales ni arbitrariedad en la decisión. La sentencia ratifica la interpretación del artículo 450 del CPP y la protección del doble conforme.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Sergio Esteban Egert interpuso queja contra la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial San Martín, que confirmó la resolución que no hizo lugar a su pedido de eximición de prisión. La queja fue considerada inadmisible por la Sala I del Tribunal de Casación Penal, que sostuvo que no se evidenciaban agravios federales ni arbitrariedad en la resolución atacada. Se argumentó que el recurso no presenta un agravio federal suficiente ni cuestiones de fondo que permitan su admisibilidad, en línea con la interpretación del artículo 450 del Código Procesal Penal. Los jueces Carral y Maidana coincidieron en que la impugnación carece de los requisitos constitucionales y legales para su aceptación, y que la resolución atacada no resulta arbitraria ni vulnera garantías fundamentales. La decisión fue declarar la queja inadmisible, con costas.
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