.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires modificó la pena impuesta a María José David Balcon, eliminando la agravante de antecedentes penales y reduciendo la quantum de la condena de cinco años a cuatro años y ocho meses de prisión, en un contexto de revisión de la aplicación de la reincidencia y la valoración del agravante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia original del Tribunal en lo Criminal N°2 de Lomas de Zamora condenó a María José David Balcon a cinco años de prisión por tenencia ilegal de estupefacientes con fines de comercialización, en un acuerdo de juicio abreviado. La defensa interpuso casación argumentando que la aplicación de antecedentes penales como agravante y reincidencia era errónea y vulneraba derechos constitucionales y convencionales, especialmente el principio "non bis in idem". La Sala de Casación consideró que, en virtud de la doctrina consolidada, el antecedente condenatorio actúa como agravante y como base para la reincidencia sin vulnerar garantías constitucionales. El tribunal eliminó la agravante de antecedentes penales y redujo la pena a cuatro años y ocho meses, manteniendo el resto de la sentencia. La mayoría de los jueces coincidieron en que la valoración del antecedente condenatorio no configura doble valoración ni vulnera el principio "non bis in idem", por lo que procede el recurso y se modifica la pena.
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