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INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS Nº 1 SAN NICOLAS Y EL JUZGADO DE GARANTIAS Nº 1 ZARATE CAMPANA

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires declara competente al Juzgado de Garantías N° 1 de San Nicolás para continuar con la investigación del encubrimiento en la causa por la estrecha vinculación con el delito principal, y remite las actuaciones a ese tribunal. La decisión se fundamenta en la necesidad de evitar dispendios procesales y en la inexistencia de elementos que vinculen a Alvarez con el delito en Zárate-Campana.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El Tribunal de Casación Penal analiza un incidente de competencia planteado entre el Juzgado de Garantías N° 1 de San Nicolás y el de Zárate-Campana, respecto de una investigación penal preparatoria en la que está imputado Víctor Daniel Alvarez. El Juzgado de Zárate-Campana no aceptó la competencia declinada por su par, argumentando la falta de elementos de prueba que relacionen a Alvarez con el delito principal. La Fiscalía propuso que, por el vínculo entre los delitos, la investigación continúe en Zárate, pero los jueces Carral y Maidana concluyen que, debido a la falta de elementos en el legajo de encubrimiento y a la cercanía de las etapas procesales, lo más eficiente es que la competencia sea del Juzgado de San Nicolás. Fundamentos principales: "Resulta necesario atender a las circunstancias actuales en las que se encuentran los legajos en cuestión. Así como acertadamente el magistrado del Departamento Judicial Zárate -Campana señaló que la investigación en la que -oportunamente
- le cupo intervenir ya se ha remitido a juicio respecto de los dos presuntos autores, no existiendo a la fecha elementos de juicio -en el legajo donde se investiga el encubrimiento
- que permitan vincular a Alvarez con el desapoderamiento ocurrido en su jurisdicción, concluyo que por razones de eficiencia en el trámite y a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, es que corresponde declarar competente para seguir interviniendo en la investigación del encubrimiento, a la jurisdicción del Departamento Judicial San Nicolás." "Adhiero al voto del doctor Carral en igual sentido y por los mismos fundamentos."

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