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.................... S/ HABEAS CORPUS

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechaza el recurso de hábeas corpus y confirma la continuidad del proceso en trámite, en línea con la jurisprudencia que limita el uso del hábeas corpus como mecanismo de impugnación de resoluciones judiciales en causas penales.

Habeas corpus Recurso Denegatoria de salidas transitorias Apelacion Proceso penal Doble instancia Accion constitucional Impugnacion Jurisprudencia Camara de casacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La acción de hábeas corpus fue promovida por Matías Daniel Aguirre Sánchez contra la denegatoria de salidas transitorias en su causa, solicitando una revisión judicial originaria. La Cámara de Casación consideró que el recurso fue utilizado como mecanismo de impugnación de una resolución apelada y en trámite ante la Cámara departamental, lo cual no habilita su tratamiento como acción de hábeas corpus, dado que esa vía no sustituye el criterio de los jueces naturales ni presenta circunstancias excepcionales que ameriten su intervención. Se fundamentó en los precedentes del Tribunal Superior, señalando que el hábeas corpus no constituye una acción constitucional en estos casos y que la vía adecuada continúa siendo la apelación. Por ello, se rechazó el recurso, confirmando la resolución impugnada y ordenando el archivo del expediente. Fundamentos principales: "El hábeas corpus formalizado como un recurso no constituye una acción constitucional y, en el caso que fuera utilizado como acción, tampoco autoriza a sustituir el criterio de los jueces de la causa... la presentación que diera origen a estos actuados tiene por objeto recurrir la resolución dictada por la instancia de origen, que fue debidamente apelada y se encuentra en trámite, utilizando palmariamente el Hábeas Corpus como mecanismo de impugnación de decisiones previas sin mayores fundamentos." Asimismo, se afirmó que: "el hábeas corpus como recurso ha sido ideado por el legislador bonaerense como una opción para cuestionar la prisión preventiva, mas si ésta fue recurrida por el recurso de apelación, no puede ser utilizado rectamente en la causa so riesgo de que un mismo temperamento procesal pueda ser revisado alternativa o simultáneamente por dos mecanismos de impugnación." Votos en disidencia: ninguno, ambos jueces coincidieron en el rechazo del recurso.

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