.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto contra una sentencia que confirmó la condena de Alejo Valentín Vega por disparo de arma de fuego y portación ilegal de arma de guerra, considerando que la valoración de la prueba fue adecuada y respetó derechos constitucionales y tratados internacionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El defensor particular, Dra. Alejandro José Cabrera, interpuso recurso de casación contra la sentencia que confirmó la condena de su defendido, Alejo Valentín Vega, por delitos relacionados con disparo con arma de fuego y portación ilegal de arma de guerra. La causa se originó en hechos ocurridos el 20 de septiembre de 2024, cuando Vega, en compañía de otro sujeto, efectuó seis disparos hacia una vivienda, sin lesionados. La sentencia de primera instancia, dictada en procedimiento abreviado, condenó a Vega a 3 años y 6 meses de prisión. El recurso fue rechazado por la Sala en base a que la valoración de la prueba fue adecuada y que la elección del trámite abreviado limitó las cuestiones revisables. La Sala sostuvo que la revisión judicial en procedimientos abreviados respeta el derecho a la revisión, y que la valoración probatoria fue fundada en declaraciones, evidencias físicas y peritajes balísticos que acreditaron la responsabilidad del imputado. Además, se aclaró que la calificación legal de portación ilegal de arma de guerra quedó debidamente acreditada por la existencia de disparos efectuados con armas de fuego sin autorización, en un lugar público, sin que los disparos hayan causado lesiones. La Sala concluyó que no hubo infracción al principio de sana crítica ni al principio in dubio pro reo, y que la decisión de rechazar el recurso fue fundada en criterios jurídicos y probatorios sólidos, en concordancia con la normativa y tratados internacionales. La defensa solicitaba la recalificación de la conducta y cuestionaba la valoración de la prueba, pero la Sala entendió que la valoración fue razonable y ajustada a derecho.
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