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.................... S/ CONTRAVENCIÓN (INF. ART. 3 LEY 11825)

El apelante P. V. G. S. cuestionó la condena impuesta por infracción a la ley provincial Nro. 11.825. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Morón confirmó la sentencia de primera instancia, sosteniendo la validez de las pruebas y la adecuación de la pena impuesta.

Recurso de apelacion Infraccion Ley provincial nro. 11.825 Multa Clausura Comercio Prueba Condena Merlo Contravencion

Actor: No se menciona un demandante específico. Demandado: P. V. G. S. Objeto: Revisión de la condena por infracción a la ley provincial Nro. 11.825. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Resultó acreditado con las constancias colectadas que el día ocho de marzo de 2024 fueron habidas varias botellas de bebidas alcohólicas ubicadas en cajones plásticos dispuestos sobre pallets, exhibidas a los potenciales compradores, dentro de un local comercial del rubro 'depósito y venta de bebidas'... la entidad probatoria de dicho instrumento se mantiene incólume al no hallarse enervada por otros elementos de convicción, revistiendo así carácter de plena prueba... quedó claramente configurada la infracción a la reglamentación de marras, conforme un curso de razonamiento basado en la lógica y la equidad, que no aparece desvirtuado frente a algún elemento probatorio." "Ante la ausencia de eximentes o agravantes, y concurriendo como atenuante la ausencia de antecedentes contravencionales y penales, corresponde confirmar las condenas conjuntas de multa y clausura impuestas por hallarse fijadas en el mínimo legal previsto en la ley."

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