.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA EN CAUSA N° 07-00-028622-21/00 DE LA CÁMARA DE APELACIÓN Y GARANTÍAS EN LO PENAL DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL LOMAS DE ZAMORA, SALA III, SEGUIDA A IBAÑEZ, NICOLAS MATIAS
El fiscal interpuso recurso extraordinario por arbitrariedad contra la decisión de la Cámara que absolvió a Ibáñez por amenazas agravadas con arma. La Suprema Corte, tras analizar el caso, rechazó el recurso y confirmó la sentencia de absolución, considerando que no se evidenciaron graves vicios en la valoración de la prueba.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Ministerio Público Fiscal, representado por Sebastián Scalera, interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Lomas de Zamora, que revocó la condena de un año de prisión efectiva a Ibáñez y lo absolvió por el delito de amenazas agravadas por el empleo de arma. La Cámara consideró que la valoración de la prueba fue arbitraria y que no se acreditó el uso del arma para configurar el delito, además de señalar que los dichos del imputado no constituyen amenazas de muerte. El recurrente alegó que la Cámara vulneró derechos constitucionales y que la valoración probatoria fue incorrecta, argumentando que el contexto de violencia de género y las circunstancias del hecho demostraban la gravedad del mismo. La Suprema Corte, en cambio, sostuvo que la crítica de la parte no demostraba arbitrariedad ni la existencia de omisiones graves, y que la valoración de la prueba por parte de la Cámara fue razonable y fundada. La Corte concluyó que el recurso no prosperaba, rechazándolo en su totalidad y confirmando la sentencia de la instancia inferior.
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