PEDATELLA GUSTAVO GABRIEL c/ GALENO A.R.T. S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en Sala X confirmó la declaración de inconstitucionalidad de normas y modificó la sentencia en un caso de accidente laboral. La decisión se fundamenta en la inconstitucionalidad de normas específicas y en la necesidad de aplicar una fórmula de corrección monetaria y tasas de interés razonables para resguardar derechos de los trabajadores.
Actor: Gustavo Gabriel Pedatella
Demandado: MAPFRE ARGENTINA ART SA y otros
Objeto: Indemnización por accidente laboral y actualización del crédito laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad de las normas que regulan la actualización monetaria y los intereses, y dispuso el pago de una suma ajustada mediante una fórmula que contempla IPC y un interés del 3%, con una reducción del 30% del monto final. La decisión se fundamenta en que las normas legales vigentes devienen en inconstitucionales por su desproporcionalidad y por desnaturalizar el derecho social del trabajo, en consonancia con precedentes de la Corte Suprema. La Cámara remarcó que la aplicación de tasas bancarias y las normas de actualización monetaria deben ajustarse a la constitucionalidad, priorizando la protección de la dignidad y los derechos del trabajador. La resolución también consideró la doctrina consolidada y la necesidad de una interpretación armónica del ordenamiento jurídico social. Además, se dispuso que la reducción del monto se aplique en la etapa de ejecución y que las costas y honorarios se regulen en conformidad con la decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema dejó sin efecto decisiones anteriores y remite a la causa "Fontaine" (Fallos: 347:472), señalando que la imposición de accesorios y las normas de actualización deben ser razonables y constitucionales. Se declaró la inconstitucionalidad de las normas legales que regulan la actualización monetaria (arts. 7° ley 23.928 y 4° ley 25.561), por afectar derechos constitucionales y generar un desproporcionado deterioro del crédito laboral. La Cámara enfatizó que la protección de la persona trabajadora requiere que las normas sean razonables, equitativas y coherentes con la Constitución y los principios del derecho social del trabajo. La fórmula de cálculo incluye IPC desde la exigibilidad y un interés del 3%, con una reducción del 30% para evitar resultados injustos.
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