M., E. B. c/ SWISS MEDICAL SA s/AMPARO DE SALUD
La sentencia de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del DNU 70/23 y ordenó la reducción de los aumentos en las cuotas de Swiss Medical SA, ajustando los valores a la inflación según el IPC y devolviendo los montos cobrados en exceso. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, manteniendo los fundamentos de inconstitucionalidad y la protección del derecho a la salud.
- Quién demanda: E. B. M. (afiliado de Swiss Medical SA)
¿A quién se demanda?
Swiss Medical SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad del DNU 70/23 y la anulación de los aumentos en las cuotas, además de la devolución de los montos cobrados en exceso desde enero de 2024.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del DNU 70/23, ordenando a la demandada dejar sin efecto los aumentos derivados del decreto, ajustando el valor de las cuotas al IPC, y reembolsando los cobros en exceso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los arts. 267 y 269 del DNU 70/23 carecen del requisito de 'razonabilidad' y de 'urgencia' de las causas invocadas para justificar la facultad de excepción. La exposición de motivos no relaciona puntualmente los cambios con cada norma derogada o modificada, limitándose a mencionar la crisis económica sin justificar la derogación de leyes de orden público que protegen el derecho a la salud." "El decreto afecta derechos constitucionales, como el derecho a la salud, reconocido en la Constitución y en tratados internacionales, por lo que su análisis de constitucionalidad debe hacerse en un caso concreto, conforme a la doctrina del control judicial." "El decreto fue emitido sin acreditar la existencia de una situación de emergencia que justifique la derogación de normas de protección del derecho a la salud y sin la intervención del Congreso, lo que vulnera los principios de razonabilidad y de legalidad constitucional." "Por ello, los arts. 267 y 269 del DNU 70/23 deben ser declarados inconstitucionales, y en consecuencia, se ordena ajustar las cuotas a la inflación y devolver los montos cobrados en exceso."
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