BIO GRAINSA (TF 34304-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala III confirmó los honorarios profesionales y de la representación fiscal fijados en primera instancia, resaltando la importancia de una justa retribución que respete la dignidad del ejercicio profesional y la naturaleza del asunto. La decisión se fundamentó en la normativa constitucional y el arancel aplicable, considerando la calidad y eficacia del trabajo realizado.
- Quién demanda: Bio Grainsa (TF 34304-A)
¿A quién se demanda?
DGA en el recurso directo de organismo externo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo de organismo externo en relación a honorarios profesionales y representación fiscal
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó los honorarios fijados en primera instancia, en línea con los principios de retribución justa y dignidad profesional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es apropiado señalar que los emolumentos que se deben fijar a los profesionales y auxiliares de la justicia deben traducir -aun en los juicios de monto exiguo e, inclusive, sin monto
- una justa retribución de las tareas desplegadas, compatible con la dignidad en el ejercicio profesional (art. 14 bis de la C.N.)."
"Por ello, teniendo presente la naturaleza, resultado del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional y la etapa cumplida, SE CONFIRMAN los honorarios de la dirección letrada y representación fiscal fijados a fs. 92/92vta."
La Sala también hace referencia a la normativa del arancel de abogados y procuradores, y a considerar que la causa fue declarada de puro derecho.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: