BOLIVAR PINTO, BELKYS ZORAIDA c/ EN-DNM (EX 54266/22 - DISP 28760) s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró la incompetencia del tribunal en razón del grado y dispuso el giro a la primera instancia para su sustanciación. La decisión se fundamenta en precedentes y en lineamientos de la Fiscalía General de Cámara, resaltando que la competencia debe corresponder a un juzgado de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los jueces María Claudia Caputi, José Luis Lopez Castiñeira y Luis María Márquez, analiza el expediente presentado por Belkys Zoraida Bolivar Pinto contra el Estado Nacional, en un recurso directo de organismo externo. La Cámara evalúa los antecedentes judiciales y las resoluciones previas, incluyendo las de otras salas del mismo fuero, todas del 29/08/2025, y las resoluciones de la Fiscalía General de Cámara, concluyendo que la competencia corresponde a un juzgado de primera instancia. La Sala considera que, en línea con las resoluciones de otras salas y la jurisprudencia, la competencia en este tipo de recursos debe radicarse en la instancia inferior, por lo que declara su incompetencia en razón del grado. La resolución además ordena el traslado del expediente al juzgado de primera instancia para continuar con el trámite procesal.
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