NDIAYE, BATHIE c/ EN -M INTERIOR- CONARE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la decisión de grado respecto a la distribución de costas en un proceso de reconocimiento del estatuto de refugiado, estableciendo que las costas sean soportadas en el orden causado en atención a la gratuidad del procedimiento.
¿Quién es el actor?
La persona migrante solicitante de refugio
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio del Interior
- CONARE
- Objeto de la demanda: Reclamo por la distribución de costas en el proceso de reconocimiento del estatuto de refugiado
- Decisión del tribunal: Admitió la apelación del migrante y modificó la decisión de grado respecto a las costas, disponiendo que las mismas sean soportadas en el orden causado, en virtud del derecho a la gratuidad del procedimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 54 de la ley 26.165 establece que el procedimiento para la determinación de la condición de refugiado será llevado a cabo sin costo alguno para el solicitante y de la manera más expedita, sin perjuicio de las garantías procesales y los derechos del peticionante." "La ley resulta aplicable directamente a los casos en los cuales se encuentren involucradas personas que pretendan invocar la condición de refugiado y su protección jurídica. La disposición en cuestión expresa que el procedimiento será sin costo para el solicitante y que las costas deben distribuirse en el orden causado, sin condicionamiento alguno." "Por ello, corresponde admitir la apelación y modificar la decisión en cuanto a las costas, distribuyéndolas en el orden causado, en línea con la protección de la gratuidad del proceso y los derechos del solicitante."
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