PIRELLI NEUMATICOS SAIC (TF 31311-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara rechazó el recurso directo del Fisco Nacional contra la resolución que declaró la caducidad del proceso por incumplimiento de carga procesal, considerando que no se evidenciaron errores en la decisión y que el incumplimiento fue justificado por la parte recurrente.
- Quién demanda: Fisco Nacional
¿A quién se demanda?
Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala II
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revocación de la resolución que declaró la caducidad del proceso por incumplimiento en la comunicación a la PTN.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de reposición y confirmó la caducidad de la instancia, señalando que el incumplimiento en la comunicación no fue justificado y que no existió error en la resolución impugnada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La providencia del 19/12/2024 impuso al Fisco Nacional la carga de comunicar a la PTN, la cual no fue cumplida. La ley 25.344 obliga a comunicar la existencia del proceso, y la omisión del Fisco impidió el impulso del proceso. La presentación tardía y el argumento de cumplimiento por parte del recurrido son considerados tardíos y sin entidad para modificar la decisión. La caducidad se aplica en casos de abandono o inacción del interesado, y en este caso, la inacción del Fisco Nacional justifica la conclusión de caducidad. La presentación del 19/8/2025 no alteró el estado del proceso ni tuvo aptitud impulsoria. La resolución fue fundada en la omisión del cumplimiento de la carga, sin que exista error en la misma. El recurso fue desestimado por carecer de fundamentos suficientes y por no acreditar error o arbitrariedad.
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