NUESTRA HUELLA SA (TF 39858-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara confirmó la caducidad del recurso de apelación interpuesto por Nuestra Huella SA por incumplimiento en el plazo procesal y en el pago de la tasa de justicia, además de intimar al pago y comunicar incumplimientos al Colegio Público de la Abogacía. La decisión se fundamenta en la inactividad de la parte y en la normativa del proceso.
- Quién demanda: Nuestra Huella SA
¿A quién se demanda?
Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala II
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra una providencia que impuso la carga de comunicar a la PTN y otros aspectos procesales
¿Qué se resolvió?
Se declaró la caducidad del recurso de apelación por inactividad de la parte en el plazo legal, con costas a su cargo, y se intimó al pago de la tasa de justicia y al cumplimiento de obligaciones procesales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la compulsa de la causa se advierte que, entre la providencia por la que se impuso a la parte actora la carga de llevar a cabo la comunicación a la PTN (dictada y notificada el 21/2/2025) y el día de la fecha, transcurrió el término legal previsto en el artículo 310, inciso 1°, del CPCCN, sin que dicha parte hubiera dado cumplimiento a tal manda, ni efectuara actuación alguna tendiente a impulsar el proceso."
"Al efecto téngase presente que el auto por medio del cual se impuso la carga incumplida, se encuentra firme y consentido."
"Por lo expuesto, corresponde decretar -de oficio
- la caducidad de esta instancia judicial respecto del recurso de apelación intentado por Nuestra Huella SA, con costas a su cargo."
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