C., F. G. S/ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMAS (IPP 03-02-1629-25) (J.G N°4)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Dolores revoca la prisión preventiva de Camerota y ordena su libertad por falta de mérito, considerando que la prueba aportada resulta insuficiente para sostener la prisión y que no se acreditan peligros procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara analiza la apelación contra la resolución del juez de garantías que convirtió en prisión preventiva a Federico Camerota por un delito de robo doblemente agravado. La defensa argumentó que las pruebas que lo implican son débiles y que la acusación es vaga e imprecisa, señalando que no existen elementos concluyentes que lo relacionen con los hechos. La Cámara destaca que la prueba audiovisual y testimonial aportada por la defensa, incluyendo videos en los que se lo ve en distintos lugares en fechas compatibles con su versión, refuta la participación en el hecho delictivo en la forma que se le atribuye. Además, las declaraciones de testigos del hotel y del comercio donde Camerota fue visto permiten concluir que no se encontraba en la zona del ilícito al momento de su comisión. La Cámara concluye que los elementos de convicción no alcanzan a acreditar la participación del imputado, y que los peligros procesales no están suficientemente fundados, por lo que debe revocarse la prisión preventiva y ordenarse su libertad. La decisión se fundamenta en que "los elementos de convicción colectados resultan a todas luces insuficientes, insustanciales y débiles para mantener la detención preventiva dictada".
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