M., J. J. S/INCIDENTE DE SALIDA STRANSITORIAS EN CAUSA N° 17808 (IPP 03-01-001301-22/00) UFIJ N° 7 (19338 - JEP)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial Dolores confirmó la denegatoria de salidas transitorias a Moyano, argumentando que la valoración jurisdiccional de los informes criminológicos y las condiciones del interno justifican la decisión, en línea con el interés de la seguridad y la progresividad del régimen penitenciario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jonathan Javier Moyano, demanda la revisión de la resolución que denegó su ingreso en el régimen de Salidas Transitorias. La resolución impugnada fue dictada por el Juez de Ejecución Penal del Departamento Judicial Dolores, quien fundamentó la denegatoria en la valoración negativa de los informes criminológicos, particularmente por la actitud del interno de negar responsabilidad y por su bajo compromiso con actividades de reinserción. La defensa argumentó que la resolución carece de fundamentación suficiente, viola principios constitucionales de culpabilidad y reserva, y que el interno cumple con los requisitos legales para acceder a las salidas. La Cámara, tras analizar los informes y las condiciones del interno, concluyó que los elementos de cautela y los informes criminológicos justifican mantener la denegatoria, resaltando que el trabajo psicoterapéutico y actividades educativas no fueron suficientemente comprometidas por Moyano, y que la evaluación de riesgo y la conducta del interno ameritan cautela. Los votos de los jueces Defelitto y Sotelo coincidieron en que la decisión de denegar las salidas transitorias está fundada en los informes técnicos y en la necesidad de protección social, confirmando así la resolución de primera instancia.
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