SIMÓN EDGARDO / RECURSO DE APELACIÓN (VEREDICTO ABSOLUTORIO) SENTENCIA
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal declara la prescripción de la acción penal por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y remite la causa a la instancia de origen para verificar otros posibles actos interruptivos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se origina en una denuncia por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar contra Edgardo Simon, en relación a hechos ocurridos entre el 3 de marzo de 2020 y el 14 de octubre de 2021. La jueza de primera instancia absolvió al imputado, pero la Cámara de Apelaciones, al revisar los agravios, detectó que la acción penal había prescripto, por lo que declaró la extinción de la acción en principio y remitió la causa a la instancia de origen para que verifique la existencia de otros posibles actos interruptivos. La decisión se fundamenta en que el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar tiene carácter permanente, y el plazo de prescripción comenzó a correr desde que cesó la conducta, siendo que la citación a juicio ocurrió el 11 de marzo de 2022, después de que expirara el plazo de dos años desde el cese de la conducta, en octubre de 2021. La Cámara considera que no existen elementos suficientes para sostener la continuidad de la acción y que, en consecuencia, la misma se encuentra prescripta, correspondiendo remitir la causa a la instancia de origen para verificar la existencia de otros actos interruptivos y, en su caso, la posible reapertura de la acción.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: