.................... S/INCIDENTE DE APELACIÓN
La Cámara de Apelación en lo Penal de Bahía Blanca confirmó parcialmente la condena por abuso sexual simple, modificando la pena a dos años, cinco meses y quince días de prisión condicional y diez años de inhabilitación para ejercer la odontología, considerando ajustada la valoración probatoria y rectificando la circunstancia de agravamiento no acreditada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Fiscalía acusó a Jorge Raúl A. J.R. por delito de abuso sexual simple. La sentencia de primera instancia condenó al imputado tras valorar la prueba testimonial, la declaración de la víctima y las pericias psicológicas, que en conjunto demostraron la ocurrencia del hecho y la responsabilidad del acusado. La defensa apeló, cuestionando la admisión y valoración de pruebas, la credibilidad de la víctima, y solicitó nulidad del juicio por vulneración del debido proceso y del derecho de defensa, además de reducir la pena. La Cámara analizó los agravios y concluyó que la valoración probatoria fue ajustada a la sana crítica, destacando la coherencia entre los testimonios, la declaración de la víctima y las pruebas periciales. Sin embargo, rectificó la circunstancia agravante respecto al cierre con llave, que no fue acreditada, y en consecuencia, redujo la pena a dos años, cinco meses y quince días de prisión condicional y diez años de inhabilitación profesional. La decisión fue fundamentada en la valoración racional de la prueba, la coherencia de los relatores, y en la inexistencia de elementos que permitan sostener la agravante inicialmente tenida en cuenta.
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