------------S/ FISCAL APELA SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la decisión del Juzgado de Ejecución Penal que concedió salidas transitorias y cambio de régimen a Braian G E B, rechazando el recurso fiscal y avalando la progresividad en la ejecución de la pena basada en el cumplimiento de requisitos legales y la valoración favorable de informes psicológicos y criminológicos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso de apelación fue interpuesto por el fiscal Omar Ariel Tempo contra la resolución del 11/02/2025 del Juzgado de Ejecución Penal que concedió a Braian G E B salidas transitorias y la incorporación al régimen abierto. La Cámara analizó los requisitos de la ley 12.256 y la ley 24.660, concluyendo que G E B cumple con los requisitos temporales, de conducta ejemplar y de evaluación criminológica positiva, además de contar con apoyo familiar y un plan laboral. La Cámara resaltó que las condiciones del condenado, como su buena conducta, participación en actividades educativas y laborales, y la opinión favorable del informe psicológico, justifican la decisión. Argumentó que las críticas del Ministerio Fiscal, basadas en la gravedad del delito y la oposición de la progenitora de las víctimas, no son suficientes para impedir la concesión del beneficio, ya que la normativa de ejecución penal no las contempla como causales impeditivas. La oposición del fiscal fue considerada desprovista de fundamento suficiente para revertir la resolución. Además, se confirmó la autorización para el ingreso en el régimen abierto en la Unidad Penitenciaria de Baradero, dado el comportamiento positivo del interno. La sentencia enfatizó que la decisión se ajusta a los principios de progresividad, resocialización y observancia del interés del interno, sin menoscabo de los derechos de las víctimas.
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