INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADO DE GARANTÍAS N° 1 -SAN ISIDRO- Y JUZGADO DE GARANTÍAS N° 2 -SAN MARTÍN
La Cámara de Apelaciones resolvió que, en un incidente de competencia entre los juzgados de Garantías de San Isidro y San Martín, corresponde al juez del primer hecho entender en toda la causa, dado su vínculo estrecho con el encubrimiento del delito de robo agravado, y declara competente al Juzgado de Garantías nro. 2 de San Martín para continuar con el proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El incidente fue promovido por el Juzgado de Garantías nro. 1 de San Isidro, que declinó su competencia y consideró que debía entender en la causa el Juzgado de Garantías nro. 2 de San Martín. La causa en cuestión investiga un delito de encubrimiento relacionado con un vehículo secuestrado en Martínez, que posee pedido de secuestro activo por robo agravado, iniciado en la Fiscalía de Malvinas Argentinas. El primer juzgado sostuvo que, por la vinculación estrecha entre el desapoderamiento y el encubrimiento, debía entender en la totalidad de las actuaciones. La segunda instancia coincide con esta postura y aplica la doctrina del tribunal, señalando que, dado el vínculo estrecho entre el desapoderamiento y el encubrimiento, corresponde al juez del primer hecho conocer en la causa. La Cámara, citando los artículos 20 inciso 4°, 29, 32 inciso 2°, 35 inciso 1° y 451 del Código Procesal Penal, y el Acuerdo Extraordinario nro. 140/2025, resuelve declarar competente al Juzgado de Garantías nro. 2 de San Martín y remitir las actuaciones.
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