.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de La Plata admite la queja contra la confirmación de la prisión preventiva y la rechaza, considerándola razonada y fundada en las constancias del caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Carlos Matías Rodríguez interpuso una queja contra la decisión de confirmar la prisión preventiva, alegando vulneraciones constitucionales y derechos fundamentales, incluyendo falta de fundamentación y riesgos procesales. La Sala III del Tribunal de Casación Penal de La Plata resolvió que la decisión de confirmar la auto de prisión es una derivación razonada del derecho vigente, basada en las constancias del expediente, y que la queja es admisible dado el interés en la libertad del imputado. Los jueces Violini y Carral coincidieron en que la resolución impugnada no carece de fundamentación suficiente y que la misma se ajusta a los parámetros legales y constitucionales. Se rechazó el recurso de casación y se declaró la queja admisible, con costas.
Fundamentos principales:
"Los agravios resultan a esta altura insuficientes para obtener los resultados que se buscan, pues la parte se limita a cuestionar la entidad y validez de la prueba producida, denunciando arbitrariedad, falta de fundamentación y violación al principio de inocencia y al derecho de transitar el proceso en libertad, señalando la inexistencia de riesgos procesales y la falta de análisis respecto de la aplicación de una medida cautelar menos gravosa, pero sin denunciar una cuestión federal que permita abrir la competencia de esta Sala -conforme la reiterada doctrina de la Suprema Corte de Justicia
- como Tribunal intermedio."
"Las diferentes instancias ponderaron -acertadamente
- la calificación del hecho endilgado, la pena en expectativa, que resultan ser parámetros válidos para considerar el peligro de fuga y el entorpecimiento procesal (artículo 148 inciso 2° del rito), las características del hecho, específicamente por haber sucedido en la seccional policial 5ta. de Pilar, aprovechando de su condición de policía para -en forma premeditada
- introducir en la boca de la víctima -detenida a su cargo en ese momento
- una bombacha y pedazos de colchón de la celda, causándole asfixia mecánica por obstrucción de la vía aérea, lo que causó su muerte."
"Agregaron que aún se encuentran vigentes los peligros procesales oportunamente detallados al momento de rechazar recientemente la excarcelación extraordinaria peticionada, la condición de funcionario policial que supone diferentes vínculos con el sistema penal y la ausencia de información que permita certificar el arraigo y la contención de Rodríguez."
"En definitiva, se observa del auto en crisis que los jueces han dado suficientes razones para confirmar la prisión preventiva que,
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