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--------S/ APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD CONDICIONAL Y CAMBIO DE REGIMEN

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la denegatoria de libertad condicional y cambio de régimen a un interno, fundamentando que no se cumplen los requisitos legales y que los informes técnicos y psicologicos aconsejan mantener la reclusión.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa llega a la Cámara de Apelaciones en virtud del recurso de apelación del defensor oficial contra la resolución del 27/02/2025 del Juzgado de Ejecución Penal que negó a A.H.C.P. la libertad condicional y el cambio de régimen a uno abierto. La Sala analizó los informes carcelarios, psicológicos y criminológicos que evidencian un desarrollo deficitario en la rehabilitación del interno, con antecedentes de conducta irregular, sanciones disciplinarias, problemática de consumo de sustancias y dificultades en la adaptación social. La resolución recurrida fue considerada razonada y fundada en la normativa vigente, destacando que no se cumplen las exigencias legales establecidas en los arts. 13 del Código Penal, 28 de la ley 24.660 y 100 de la ley 12.256, ya que no existe información favorable de la evolución personal ni de la evaluación criminológica que permita pronosticar una adecuada reinserción social. La Cámara refuerza que los informes técnicos y psicológicos son pautas de cautela que justifican mantener la decisión de denegar los beneficios, y que la conducta del interno, en conjunto, desaconseja su egreso. Además, se señala que la jurisprudencia sostiene que la observancia de los reglamentos carcelarios y la evaluación integral de la conducta son requisitos esenciales para la concesión de beneficios penitenciarios. Fundamentos principales: "El norte que debe guiar lo concerniente a la ejecución de las penas -sin perjuicio de sus límites
- es la reeducación del interno y el régimen de progresividad (...) la expresión 'cumplimiento regular de los reglamentos carcelarios' del artículo 13 del Código Penal debe tomar en consideración no sólo las sanciones impuestas sino también todo otro dato de interés que surja de los informes oportunamente elaborados, valorados en conjunto y no separada o fragmentariamente." La falta de cumplimiento de los requisitos legales, en especial la evaluación negativa de los informes, justifica la decisión de mantener la denegatoria. Por todo ello, la Cámara confirma la decisión del juez de grado, en línea con la doctrina y jurisprudencia, y rechaza el recurso de apelación.

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