---------S/ APELA DENEGATORIA DE SEMI-LIBERTAD
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la resolución que denegó la semi-libertad con fines laborales a F.I.B., argumentando que no se cumplen las condiciones legales y que los informes técnicos no avalan la concesión del beneficio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue motivada por la impugnación del interno F.I.B. y la defensa particular contra la resolución del 27/02/2025 del juez de grado, que denegó la semi-libertad con fines laborales. La Cámara analizó los agravios y las constancias del expediente, concluyendo que la decisión del juez debe mantenerse por estar debidamente fundamentada y ajustada a derecho. La sentencia destaca que no se cumplen los requisitos legales, pues no existe un informe favorable del organismo técnico criminológico ni condiciones laborales adecuadas, además de la ausencia de un dictamen favorable de la Junta de Selección. Se resaltan informes sociales y psicológicos que indican que el interno no presenta condiciones para acceder al beneficio, y que su situación delictiva y antecedentes de violencia justifican mantenerlo en encierro. La Cámara también señala que la evaluación del riesgo social y la protección de la víctima son prioritarios, y que la progresividad de la pena sugiere mantenerlo en régimen más restrictivo. La decisión fue respaldada por el voto del Dr. Guillermo Martínez y del Dr. Eduardo Alfredo Alomar, quienes consideraron que los informes y la normativa vigente justifican el rechazo del pedido.
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