------------ S/APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD CONDICIONAL Y CAMBIO DE RÈGIMEN
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Nicolás confirma la denegatoria de libertad condicional y cambio de régimen dictada en primera instancia, sosteniendo que las normas y antecedentes jurisprudenciales permiten limitar los beneficios en delitos de especial gravedad, como el abuso sexual agravado, en virtud de la finalidad resocializadora y la protección social.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa llega a la Cámara de Apelaciones en virtud de la impugnación del condenado J. C. R. y del recurso de su defensor oficial contra la resolución del 4 de abril del 2025, que negó la libertad condicional y el cambio de régimen en un expediente relacionado con un delito de abuso sexual con acceso carnal agravado y reiterado. La resolución impugnada fue considerada ajustada a derecho por la Cámara, fundamentando que el condenado fue condenado a ocho años de prisión en noviembre de 2021 por un tribunal departamental, con una calificación legal que impide la concesión de beneficios en virtud del art. 14 del Código Penal, en concordancia con las leyes provinciales 12.256 y 24.660, y las reformas introducidas por la ley 27.375. La Cámara cita precedentes jurisprudenciales y doctrinales que refuerzan la constitucionalidad y razonabilidad de tales restricciones, destacando que la imposibilidad de acceder a beneficios en delitos gravísimos no vulnera el principio de igualdad ni los derechos constitucionales, sino que responde a la política criminal y finalidad resocializadora. Además, rechaza la pretensión de cambio de régimen como prematura y reiterada, por haberse agotado en instancia anterior y sin la incorporación de hechos nuevos. La decisión fue respaldada por el voto conjunto de los magistrados Moreno y Alomar.
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