----------S/ APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD ASISTIDA
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la denegatoria del beneficio de Libertad Asistida a D N E, considerando que la situación del interno, sus antecedentes y los informes técnicos y psicológicos justifican la continuidad de la medida restrictiva y la negativa del pedido, en línea con la normativa y jurisprudencia aplicable. La resolución se fundamenta en que el interno no presenta condiciones favorables ni comportamiento adecuado para acceder a la libertad anticipada, y que existe riesgo para la comunidad, por lo que la decisión de denegar la libertad asistida fue ajustada a derecho y a las constancias del expediente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Nicolás revisó la resolución del 06/03/2025 del Juzgado de Ejecución Penal que denegó a D N E el beneficio de Libertad Asistida, tras la impugnación de la defensa. El Tribunal analizó los antecedentes penales del interno, que fue condenado por delitos de robo, y los informes del área técnica y psicológica, que mostraron un comportamiento disfuncional, sanciones disciplinarias, dificultades en la relación social, y una proyección tratamental limitada. La resolución subraya que “el análisis de los informes, la conducta registrada y el riesgo potencial para la sociedad justifican la continuidad de la privación de libertad, en línea con los principios de la progresividad en la ejecución de la pena y la evaluación individualizada”. La Cámara concluye que “el pronunciamiento recurrido ha ponderado razonablemente los elementos objetivos y subjetivos del caso, y no hay motivos reales para apartarse de la decisión de denegar la libertad anticipada”. La decisión es en consecuencia confirmada, en línea con los precedentes jurisprudenciales y las normas de ejecución penal.
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