---------S/APELA DENEGATORIA DE SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la denegatoria de salidas transitorias al interno R.D.M.A. y dispuso la intervención de la Dirección de Salud Penitenciaria para el tratamiento psicológico, justificando la decisión en la falta del dictamen favorable del organismo técnico y las pautas de cautela respecto del riesgo y la evolución del interno.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa llega a conocimiento de la Cámara por impugnaciones del causante y recurso de la defensa oficial contra la resolución del 21/04/2025 del Juzgado de Ejecución Penal que denegó a R.D.M.A. el beneficio de salidas transitorias. La resolución impugnada se fundamenta en que no existen el dictamen favorable del organismo técnico del establecimiento penitenciario ni el asesoramiento de la Junta de Selección, requisitos exigidos por las leyes 24.660 y 12.256 para la concesión del beneficio. Los informes criminológicos y psicológicos aportados indican que el interno presenta antecedentes de conducta problemática, vínculo con delitos graves (robo calificado y abuso sexual agravado), y dificultades en su proceso terapéutico. La evaluación del Tribunal destaca que “las pautas negativas y precautorias” son consistentes con la normativa vigente y que la decisión del juez de denegar el beneficio está ajustada a derecho, ya que “el interno no reúne las exigencias normativas para el otorgamiento del instituto” (salidas transitorias). Se señala además que la situación del interno, por sus antecedentes y evaluación psicológica, justifica la cautela y la necesidad de un tratamiento psicológico previo, en línea con la doctrina del Tribunal Superior y la jurisprudencia sobre la materia. La Cámara confirma la resolución y la decisión de no conceder la salida transitoria, manteniendo la intervención de Salud Penitenciaria para tratamiento psicológico, en virtud de la falta de cumplimiento de los requisitos legales y las pautas de cautela.
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