----------S/APELA DENEGATORIA DE LIBERTAD ASISTIDA ANTICIPADA, SALIDAS TRANSITORIAS Y CAMBIO DE RÉGIMEN EN SUBSIDIO
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Nicolás confirmó la denegatoria de beneficios penitenciarios a J.M.M.B, argumentando que la evaluación criminológica, el informe de salud mental y las condiciones de resocialización no cumplen los requisitos necesarios para conceder libertad asistida anticipada, salidas transitorias o cambio de régimen. La decisión se fundamenta en que los informes técnicos indicaron que el interno aún no ha alcanzado un grado suficiente de readaptación social, que presenta aspectos sociales y psicológicos que dificultan su recuperación, y que la progresividad del sistema penitenciario requiere informes favorables de la Junta de Selección. La Cámara destaca que la libertad asistida tiene como finalidad la readaptación social y que la evaluación de estos beneficios debe sustentarse en informes especializados, no siendo suficiente el cumplimiento de requisitos temporales o conductas positivas aisladas. Además, se descarta la influencia de la superpoblación carcelaria como motivo para la concesión de los beneficios, en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Casación. La resolución confirma la decisión del juez de grado, sosteniendo que el análisis integral del caso demuestra que el interno no cumple con los requisitos para acceder a los beneficios solicitados, manteniendo la finalidad resocializadora de la pena y la protección social.
Recurso de apelacion
Beneficios penitenciarios
Libertad asistida anticipada
Salidas transitorias
Cambio de regimen
Informes criminologicos
Evaluacion psicologica
Resocializacion
Sistema penitenciario
Superpoblacion carcelaria
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