----------S/APELA DENEGATORIA DE SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de San Nicolás rechazó el recurso de apelación y confirmó la denegatoria de salidas transitorias al interno S.G.B, basada en informes técnicos y circunstancias personales que justifican la continuidad del régimen de encierro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso de apelación fue presentado por la defensa oficial del interno S.G.B contra la resolución del 9/04/2025 del Juzgado de Ejecución Penal de San Nicolás, que denegó las salidas transitorias solicitadas. La Cámara analizó la fundamentación del juez de primera instancia, que fundamentó la rechazo en la falta del dictamen favorable del organismo técnico criminológico y del consejo correccional, debido a que el interno no cumplía con los requisitos establecidos en la normativa vigente (arts. 16 y 17 de la ley 24.660 y leyes complementarias). La resolución también consideró informes psicológicos y técnicos que evidencian una evolución con limitaciones, destacando que el interno fue reincorporado a un régimen cerrado moderado tras revocarse su arresto domiciliario y que presenta aspectos vulnerables que aconsejan un tratamiento terapéutico antes de conceder beneficios de salidas transitorias. Los informes indican que no alcanza el nivel de resocialización exigido por la ley y que su inclusión en régimen cerrado moderado impide la concesión del beneficio, en línea con antecedentes jurisprudenciales que refuerzan la cautela en estos casos. La Cámara concluyó que la decisión del juez de primera instancia se ajusta a derecho, dado que la evaluación de los informes técnicos y la normativa vigente justifican la denegatoria, rechazando así la apelación y confirmando la resolución impugnada.
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