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.................... S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto por Nicolás Antonio Sánchez contra la denegatoria de salidas transitorias, confirmando la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías de Morón por considerarla fundada en fundamentos legales y constitucionales adecuados.

Recurso de casacion Salidas transitorias Libertad condicional Derechos constitucionales Arbitrariedad Fundamentacion Revision de sentencia Principios de legalidad y proporcionalidad Derechos humanos Jurisprudencia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa se originó por la denegatoria de salidas transitorias a Nicolás Antonio Sánchez, condenado a ocho años de prisión por delitos de robo con arma de fuego y otros. La defensa interpuso un recurso de casación argumentando vulneraciones constitucionales, incluyendo principios de legalidad, proporcionalidad y razonabilidad, además de derechos de resocialización y progresividad. La Sala III del Tribunal de Casación analizó la admisibilidad del recurso, que fue considerado formalmente admisible, y posteriormente rechazó su procedencia por insuficiencia argumental y por no demostrarse violaciones constitucionales en el caso concreto. La mayoría de los jueces concluyó que la impugnación no cumplía con los requisitos para justificar la revisión de la decisión, destacando que la simple disconformidad con la valoración de los jueces no alcanza para configurar una cuestión federal. La resolución final fue la inadmisibilidad del recurso, con costas. Fundamentos principales: El tribunal destacó que, tratándose de decisiones en materia de libertades, la resolución impugnada es equiparable a sentencia definitiva y debe ser abordada en esta instancia, pero el recurso de casación solo es admisible en casos en que existan cuestiones constitucionales claramente planteadas y fundamentadas. Se señaló que la denuncia de violaciones constitucionales debe estar fundamentada con precisión, y que los agravios genéricos y la mera discrepancia no cumplen con los requisitos de fundamentación suficiente. En particular, el tribunal recordó que la simple alegación de principios constitucionales sin alegar cómo éstos se ven afectados en el caso concreto no habilita la revisión por vía federal. La jurisprudencia citada indica que la impugnación debe demostrar la relación directa e inmediata de la pronunciamiento con la materia constitucional invocada, lo cual no ocurrió en el presente. Por otra parte, en cuanto a la procedencia del recurso, la mayoría consideró que no existen fundamentos constitucionales que justifiquen la revisión, ya que los agravios no demostraron una afectación concreta y directa a derechos constitucionales del recurrente. La decisión fue que la impugnación carecía de sustento constitucional suficiente, por lo que el recurso fue rechazado por inadmisible, con costas.

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